La Constitución de la Ciudad De México: una perspectiva para la salud y el bienestar animal


MVZ Jorge Enrique Jiménez Rice
Colegio de Médicos Veterinarios Zootecnistas del Distrito Federal
MVZ David Silva Olvera
Colegio de Médicos Veterinarios Zootecnistas del Distrito Federal




Una ciudadanía plena se construye todos los días, implica el involucramiento en la discusión de los asuntos públicos, mediante un ejercicio soberano; con ese propósito, la democracia se debe erigir diariamente, como dice nuestra Carta Magna “no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo”.
De ese modo, en el año 2015, el Congreso de la Unión aprobó la reforma que modificó la naturaleza política del Distrito Federal para convertirse en la Ciudad de México; una entidad soberana, capital del país y que ahora goza del documento que contiene las normas relativas a su estructura fundamental: nuestra primera Constitución política.
Para Herman Heller, jurista y politólogo alemán, una Constitución se puede definir como “un ser al que dan forma las normas”; ello implica nuestra aspiración de regulación social y los mecanismos que pretendemos alcanzar mediante la norma de conducta que nos rige como Estado: territorio, población y gobierno; en la teoría clásica de Hans Kelsen, es nuestra norma suprema y fundamental en la medida que nos constituye como la entidad federativa, que también es la sede de los poderes de la Unión. En virtud de ello, en nuestra Ciudad de México, se vive un momento histórico que en materia política y jurídica perfilará nuestra conducta social, con miras al desarrollo, en el cual se contiene una importante definición de nuestro vínculo legal con los animales.
Históricamente, los pobladores de la Ciudad de México, conscientes de la estrecha relación que guardamos con los animales, nos hemos interesado por normar su salud y bienestar; con ese propósito, con un marcado sentido progresista, se ha legislado localmente, creado instituciones y diseñado políticas públicas que se encargan, tanto de garantizar nuestro derecho a la salud, como de procurar la conservación del ambiente y atender la demanda ciudadana que cada vez se interesa más en que se promueva y gestione un nivel propicio de salud y protección animal.
Prueba de ello es que desde el año 2002 contamos con un ordenamiento específico en esa materia: la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal; sus disposiciones son de orden público e interés social y pretenden asegurar la sanidad animal y la salud pública. En ese tenor, en conjunto con otros ordenamientos, hemos tratado de integrar armónicamente nuestro marco jurídico en materia de salud pública, bienestar animal y cuidado del ambiente, con miras a establecer un permanente equilibrio ecológico y social que los entes gubernamentales y la ciudadanía estamos obligados a materializar.
Con ese mismo espíritu, a principios del año 2017, se publicó la Constitución de la Ciudad de México; misma que, exceptuando la materia electoral, entrará en vigor el 17 de septiembre del 2018. En ésta, se reconoce a los animales como seres sintientes y se mandata la obligación de darles un trato digno; en su artículo 13 se funda que toda persona tiene el deber ético y la obligación jurídica de respetar su vida e integridad; concluyendo que, por su naturaleza, los animales son sujetos de consideración moral y que su tutela es de responsabilidad común. Asimismo, hace referencia a que es un deber de las personas originarias, habitantes, vecinos y transeúntes, el respeto a la vida y la integridad de los animales, así como brindarles un trato digno y respetuoso. Lo anterior en plena armonía con el substancial entendimiento de que ellos nos proporcionan comida, protección o compañía.
En relación con esos principios éticos, mediante el inicio de la vigencia de nuestra norma fundamental, se vislumbra el advenimiento de una serie de cambios sociales, políticos y jurídicos que además de establecer un hito en el ámbito gubernamental, también prometen consolidar y ampliar un panorama de oportunidades para el desarrollo de políticas públicas orientadas a mejorar la salud pública y el bienestar animal. El ordenamiento claramente decreta que las instituciones deberán garantizar la protección, bienestar, así como el trato digno y respetuoso a los animales, fomentando una cultura de cuidado y tutela responsable. Asimismo, se tendrán que realizar acciones para la atención de los animales en situación de abandono.
Tales perspectivas encuadran en la formulación del imperativo bioético cómo principio supremo de nuestros deberes de conducta; eso nos exige la construcción de un marco normativo local, que deberá estar armonizado entre sí, acorde con el marco jurídico federal y conforme con los criterios científicos internacionales, con el propósito de que nuestra conducta esté encaminada a proporcionarles comodidad, tranquilidad, protección y seguridad durante su crianza, mantenimiento, explotación, transporte y término de la vida, eso incluye nuestra consabida responsabilidad de proveerles alimentos y agua suficientes; evitarles temor, angustia, molestias, dolor y lesiones innecesarios; mantenerlos libres de enfermedades y plagas, así como, permitirles manifestar su comportamiento natural.
En aras de ello, además de cumplir las leyes vigentes, en el futuro habrán de crearse o modificarse las normas jurídicas, para ello será necesario el uso de una adecuada técnica legislativa, en donde los profesionistas, expertos en el método científico estamos obligados a colaborar, tendremos que lograr un fortalecimiento gremial de las instituciones y proyectar profesionalmente un adecuado diseño de políticas públicas, las cuales procuren en todo momento, conseguir un buen grado de bienestar de los animales, a sabiendas que éste se asocia con mayor productividad y beneficios económicos; siendo necesaria la mejora continua en nuestra relación, misma que es la base de una convivencia social armónica. Por tales motivos, los Médicos Veterinarios Zootecnistas estamos obligados a participar activamente en ese deber ciudadano, desde las diferentes áreas que nos desempeñemos en nuestro  ejercicio profesional.

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