Publicado en España
el 05.07.2013 14:20:48 en
Redacción M/A
El día 1 de julio de 2013 Sérgio Luiz Ferreira de Souza Comandante del
Batallón de Policías con Perros de la Policía Militar de Brasilia Distrito
Federal, Brasil, aprobó mediante la pertinente resolución
certificada el Método Arcón como el sistema oficial de formación e
intervención para la detección con perros de sustancias o personas, en la
Policía Militar de Brasilia Distrito Federal, Brasil.
Desde el día 27 de enero de 2004, países, regiones y
ciudades, afectados por diversos tipos de riesgos, siguen estableciendo
positivamente, el Método ARCÓN como el sistema oficial para la formación e
intervención de equipos caninos de búsqueda, mediante las pertinentes
aprobaciones gubernamentales o institucionales (mediante Acuerdos, Decretos,
Resoluciones...). Siempre en base a la superior eficacia (hecho rigurosamente
constatado por sus principales expertos oficiales, de Cuerpos de Bomberos,
Ejércitos, Policías...), y al sólido programa preventivo y operativo que
constituye esta metodología, avalada y galardonada oficialmente a nivel
internacional por el destacado avance científico y operativo que
demostradamente implica para la humanidad, habiéndose salvado vidas en Turquía,
India, Colombia, El Salvador…
Informándose que los siguientes gobiernos e instituciones también han
aprobado el Método Arcón como el sistema oficial de formación e intervención
para equipos caninos de búsqueda:
· Gobierno de Ecuador
(Acuerdo Ministerial nº 009 de 27 de enero de 2004 del Ministerio de Gobierno
de Ecuador)
· Gobierno de El
Salvador (Acuerdo Ministerial nº 103 de 2 de junio de 2004 del Ministerio de
Gobernación de El Salvador)
· Gobierno de Honduras
(Acuerdo nº 683 de 23 de julio de 2004 de la Secretaría de Estado de
Gobernación y Justicia de Honduras)
· Gobierno de Nicaragua
(Resolución Ministerial nº : 61, de 11 de mayo de 2011 de Ministerio de
Gobernación de Nicaragua)
· Gobierno de Paraguay
(Resolución nº 05/2005 de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos del Paraguay
y por Dictamen A.J. nº 351 de 3 de marzo de 2005 del Ministerio del Interior
del Paraguay)
· Gendarmería de Chile
(Resolución Exenta nº 6.662 de 31 de diciembre de 2009 de la Dirección Nacional
de Gendarmería de Chile. Resolución reconocida por la Contraloría General,
Gobierno de Chile )
· Defensa Civil
Colombiana (Resolución nº 409 de 5 de agosto de 2008 de la Dirección General de
la Defensa Civil Colombiana, Gobierno de Colombia)
· Confederación
Nacional de los Cuerpos de Bomberos de Colombia (Resolución de 9 de noviembre
de 2012, atribución conferida por Ley 1575 Art. 6)
· Gobierno de Pereira
(Resolución nº 3666 de 17 de diciembre de 2.004 de la Secretaría de Gobierno de
Pereira, Colombia)
· Parlamento de
Andalucía (Aprobación unánime de la 7-05/PNLC – 000294 de 2 de febrero de 2006
del Parlamento de Andalucía, España)
· Ayuntamiento de
Sevilla (Resolución nº 12.561 de 15 de noviembre de 2006 del Ayuntamiento de
Sevilla, España)
· Mancomunidad de
Municipios de la Costa del Sol Occidental ( Decreto S-34 / 2013 de 14 de marzo
de la Presidencia de la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol
Occidental, Málaga, España)
· Ayuntamiento de
Huamantla (Acuerdo nº 108/38 de 27 de julio de 2006 del Ayuntamiento de
Huamantla, México)
· Ayuntamientos de
Santo Domingo (Resolución nº 49/2012 del Ayuntamiento del Distrito Nacional,
Santo Domingo, y Resolución nº 08/13 de 3 de febrero de 2013 del Ayuntamiento
de Santo Domingo Este, República Dominicana).
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